- Trabajadoras que tengan acreditada la condición de víctima de violencia de género o doméstica:
- En el caso de que la contratación sea indefinida, los empleadores tendrán derecho a una bonificación mensual de la cuota empresarial a la Seguridad Social o, en su caso, por su equivalente diario, por trabajador contratado de 125 euros/mes (1.500 euros/año) durante 4 años.
- En el caso de que la contratación sea temporal, se tendrá derecho a una bonificación mensual de la cuota empresarial a la Seguridad Social o, en su caso, por su equivalente diario, por trabajador contratado de 50 euros/mes (600 euros/año) durante toda la vigencia del contrato.
- En estos supuestos no es necesario que el trabajador esté en situación de desempleo.
20 ene 2010
25 de Noviembre
Los alumnos de comercio y gestión de la escuela realizaron como actividad hacer el siguiente contrato de trabajo:
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